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Horizonte Político/José Antonio Crespo
Fox ¿Delincuente electoral?
28 Feb 2007(06:31:52)
El año pasado, el PRD calificó a Vicente Fox de delincuente electoral por su injerencia en la elección presidencial . Se basaba, para afirmarlo, en la sentencia final del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sobre la elección presidencial, donde se lee que “ las declaraciones del Presidente de la República Vicente Fox Quesada, se constituyeron en un riesgo para la validez de los comicios”. Pero a raíz de las declaraciones del propio Fox de que el triunfo de Calderón fue para él un desquite por haber perdido la partida del desafuero, el PRD decidió presentar ante la PGR una denuncia de hechos, de donde se supone podrían emanar diversos delitos cometidos por Fox.
Me parece que jurídicamente dicha pretensión no procederá, más allá de que permita seguir elevando a Calderón el costo político por las torpes declaraciones de Fox al respecto. Y eso por diversas razones. No queda claro que Fox haya violentado la normatividad con su respaldo velado pero evidente a Calderón. Fox se cuidó de hablar de nombres, pues como dijo: “No puedo opinar en esta materia, la ley así lo marca” (14/I/06). La ley lo que impide en realidad es que se utilicen recursos públicos para ese propósito, en cuyo caso sí se cometería un delito electoral claramente tipificado, incluso con pena de cárcel y sin derecho a fianza. Y aunque el TEPJF no tiene a su cargo indagar o penalizar delitos electorales, exploró el posible efecto las declaraciones de Fox sobre el veredicto oficial, partiendo de que eran algo “reprochable en cualquier estadía del proceso” dado que, por su calidad de Presidente, “generan mayor audiencia que las expresadas por otros individuos… colocándolas en una posición de preponderancia, con la consecuente posibilidad de mayor influencia, por lo menos, sobre algún sector de la ciudadanía”.
Tras analizar el expediente, el Tribunal concluyó que “en la medida que el carácter indirecto o metafórico de las expresiones insertas en los contextos, requiere de una asociación mayor con otros acontecimientos o expresiones, se reduce considerablemente la posibilidad de su influencia en la intención del voto del electorado”.
La rivalidad de Fox y López Obrador, que hoy confiesa aquel como la motivación para intervenir en los comicios, fue conocida y evaluada también por el Tribunal, pues “desde mucho antes del inicio del proceso electoral federal (esa rivalidad) produjo constantes roces e intercambio de críticas entre los dos personajes, y continuó durante el proceso electoral”. Pero los magistrados no concluyeron que eso influyera en los electores, pues en tales confrontaciones “existe una corresponsabilidad de ambas partes, y no de una sola”, y no están supeditadas “a los tiempos electorales, sino que constituye una actividad continua y permanente… sin que se pueda atribuir totalmente el carácter de culpable o inocente a alguna de las partes”. Y el hecho de que todos conocieran de esa confrontación, “resta, aunque sea en mínima parte, la credibilidad de lo declarado (por Fox) y la penetración de (sus) mensajes”. También determinó el Tribunal que los acuerdos de neutralidad decretados por el IFE, así como su amplia divulgación, inevitablemente bastaron para reducir el impacto de la propaganda presidencial. Bajo esa óptica, la existencia de acuerdos implicaba su cumplimiento y, por tanto, la influencia presidencial “tuvo que verse disminuida”. ¿Cómo llegaron los Magistrados a todas esas inferencias, con tanta contundencia? Pues por artes adivinatorias, seguramente, o a “ojo de buen cubero”, pues dichas conclusiones no emanan de un ejercicio de las ciencias sociales ni de algún estudio empírico.
Pero recordemos que el Tribunal no tiene facultad para conocer y determinar sobre posibles delitos electorales. Esa responsabilidad recae en la Fiscalía Especial para ello, que depende de la PGR. Y justo ahí radica el problema. Aun suponiendo que Fox en efecto hubiera incurrido en este tipo de delitos, difícilmente una dependencia en manos del PAN (y cuyo actual titular fue alto funcionario del gobierno panista) llamará a cuentas al ex presidente. La Fiscalía Especial para Delitos Electorales es el más retrasado engrane del sistema electoral; el IFE y el TEPJF han cobrado gran autonomía y funcionalidad (pese al daño sufrido el año pasado), pero la Fiscalía hasta ahora ha sido esencialmente un adorno. Baste recordar la forma en que la ex titular de ese órgano - María de los Ángeles Fromow - evadió su responsabilidad al fallar sobre los millones de mensajes electrónicos contra López Obrador emanados de diversas dependencias del gobierno federal (entre ellas, la de Emilio Goicochea). Dijo que la ley penalizaba un apoyo público “en favor” de un candidato, pero no “en contra” de otro. Inferencia que refleja la absoluta falta de imparcialidad de la dependencia y su titular en turno. Lo cual exige que se cambie el Código Penal para que se aclare que también es delito usar fondos públicos no solo al apoyar, sino también al atacar a un candidato. Ello permitirá evitar que la actual redacción de esa disposición sirva para que el fiscal en turno se salga por la tangente, como hizo Fromow. También convendría ya sacar esa Fiscalía del ámbito del poder Ejecutivo y darle autonomía, pues al llegarle denuncias sobre posibles violaciones por parte de algún funcionario federal (incluido el presidente) se vuelve juez y parte.
Por todo ello, se ve difícil que progrese la demanda interpuesta por el PRD contra Fox por su injerencia en la elección, incluso si hubiese incurrido en delito electoral – lo que no está claro. Que se llame a cuentas a un ex presidente por una eventual conducta delictiva puede ocurrir - y ocurre - en una democracia, pero no en un régimen que se ufana de ello sin serlo.
opinar en esta materia, la ley así lo marca” (14/I/06). La ley lo que impide en realidad es que se utilicen recursos públicos para ese propósito, en cuyo caso sí se cometería un delito electoral claramente tipificado, incluso con pena de cárcel y sin derecho a fianza. Y aunque el TEPJF no tiene a su cargo indagar o penalizar delitos electorales, exploró el posible efecto las declaraciones de Fox sobre el veredicto oficial, partiendo de que eran algo “reprochable en cualquier estadía del proceso” dado que, por su calidad de Presidente, “generan mayor audiencia que las expresadas por otros individuos… colocándolas en una posición de preponderancia, con la consecuente posibilidad de mayor influencia, por lo menos, sobre algún sector de la ciudadanía”.
Tras analizar el expediente, el Tribunal concluyó que “en la medida que el carácter indirecto o metafórico de las expresiones insertas en los contextos, requiere de una asociación mayor con otros acontecimientos o expresiones, se reduce considerablemente la posibilidad de su influencia en la intención del voto del electorado”.
La rivalidad de Fox y López Obrador, que hoy confiesa aquel como la motivación para intervenir en los comicios, fue conocida y evaluada también por el Tribunal, pues “desde mucho antes del inicio del proceso electoral federal (esa rivalidad) produjo constantes roces e intercambio de críticas entre los dos personajes, y continuó durante el proceso electoral”. Pero los magistrados no concluyeron que eso influyera en los electores, pues en tales confrontaciones “existe una corresponsabilidad de ambas partes, y no de una sola”, y no están supeditadas “a los tiempos electorales, sino que constituye una actividad continua y permanente… sin que se pueda atribuir totalmente el carácter de culpable o inocente a alguna de las partes”. Y el hecho de que todos conocieran de esa confrontación, “resta, aunque sea en mínima parte, la credibilidad de lo declarado (por Fox) y la penetración de (sus) mensajes”. También determinó el Tribunal que los acuerdos de neutralidad decretados por el IFE, así como su amplia divulgación, inevitablemente bastaron para reducir el impacto de la propaganda presidencial. Bajo esa óptica, la existencia de acuerdos implicaba su cumplimiento y, por tanto, la influencia presidencial “tuvo que verse disminuida”. ¿Cómo llegaron los Magistrados a todas esas inferencias, con tanta contundencia? Pues por artes adivinatorias, seguramente, o a “ojo de buen cubero”, pues dichas conclusiones no emanan de un ejercicio de las ciencias sociales ni de algún estudio empírico.
Pero recordemos que el Tribunal no tiene facultad para conocer y determinar sobre posibles delitos electorales. Esa responsabilidad recae en la Fiscalía Especial para ello, que depende de la PGR. Y justo ahí radica el problema. Aun suponiendo que Fox en efecto hubiera incurrido en este tipo de delitos, difícilmente una dependencia en manos del PAN (y cuyo actual titular fue alto funcionario del gobierno panista) llamará a cuentas al ex presidente. La Fiscalía Especial para Delitos Electorales es el más retrasado engrane del sistema electoral; el IFE y el TEPJF han cobrado gran autonomía y funcionalidad (pese al daño sufrido el año pasado), pero la Fiscalía hasta ahora ha sido esencialmente un adorno. Baste recordar la forma en que la ex titular de ese órgano - María de los Ángeles Fromow - evadió su responsabilidad al fallar sobre los millones de mensajes electrónicos contra López Obrador emanados de diversas dependencias del gobierno federal (entre ellas, la de Emilio Goicochea). Dijo que la ley penalizaba un apoyo público “en favor” de un candidato, pero no “en contra” de otro. Inferencia que refleja la absoluta falta de imparcialidad de la dependencia y su titular en turno. Lo cual exige que se cambie el Código Penal para que se aclare que también es delito usar fondos públicos no solo al apoyar, sino también al atacar a un candidato. Ello permitirá evitar que la actual redacción de esa disposición sirva para que el fiscal en turno se salga por la tangente, como hizo Fromow. También convendría ya sacar esa Fiscalía del ámbito del poder Ejecutivo y darle autonomía, pues al llegarle denuncias sobre posibles violaciones por parte de algún funcionario federal (incluido el presidente) se vuelve juez y parte.
Por todo ello, se ve difícil que progrese la demanda interpuesta por el PRD contra Fox por su injerencia en la elección, incluso si hubiese incurrido en delito electoral – lo que no está claro. Que se llame a cuentas a un ex presidente por una eventual conducta delictiva puede ocurrir - y ocurre - en una democracia, pero no en un régimen que se ufana de ello sin serlo.
Me parece que jurídicamente dicha pretensión no procederá, más allá de que permita seguir elevando a Calderón el costo político por las torpes declaraciones de Fox al respecto. Y eso por diversas razones. No queda claro que Fox haya violentado la normatividad con su respaldo velado pero evidente a Calderón. Fox se cuidó de hablar de nombres, pues como dijo: “No puedo opinar en esta materia, la ley así lo marca” (14/I/06). La ley lo que impide en realidad es que se utilicen recursos públicos para ese propósito, en cuyo caso sí se cometería un delito electoral claramente tipificado, incluso con pena de cárcel y sin derecho a fianza. Y aunque el TEPJF no tiene a su cargo indagar o penalizar delitos electorales, exploró el posible efecto las declaraciones de Fox sobre el veredicto oficial, partiendo de que eran algo “reprochable en cualquier estadía del proceso” dado que, por su calidad de Presidente, “generan mayor audiencia que las expresadas por otros individuos… colocándolas en una posición de preponderancia, con la consecuente posibilidad de mayor influencia, por lo menos, sobre algún sector de la ciudadanía”.
Tras analizar el expediente, el Tribunal concluyó que “en la medida que el carácter indirecto o metafórico de las expresiones insertas en los contextos, requiere de una asociación mayor con otros acontecimientos o expresiones, se reduce considerablemente la posibilidad de su influencia en la intención del voto del electorado”.
La rivalidad de Fox y López Obrador, que hoy confiesa aquel como la motivación para intervenir en los comicios, fue conocida y evaluada también por el Tribunal, pues “desde mucho antes del inicio del proceso electoral federal (esa rivalidad) produjo constantes roces e intercambio de críticas entre los dos personajes, y continuó durante el proceso electoral”. Pero los magistrados no concluyeron que eso influyera en los electores, pues en tales confrontaciones “existe una corresponsabilidad de ambas partes, y no de una sola”, y no están supeditadas “a los tiempos electorales, sino que constituye una actividad continua y permanente… sin que se pueda atribuir totalmente el carácter de culpable o inocente a alguna de las partes”. Y el hecho de que todos conocieran de esa confrontación, “resta, aunque sea en mínima parte, la credibilidad de lo declarado (por Fox) y la penetración de (sus) mensajes”. También determinó el Tribunal que los acuerdos de neutralidad decretados por el IFE, así como su amplia divulgación, inevitablemente bastaron para reducir el impacto de la propaganda presidencial. Bajo esa óptica, la existencia de acuerdos implicaba su cumplimiento y, por tanto, la influencia presidencial “tuvo que verse disminuida”. ¿Cómo llegaron los Magistrados a todas esas inferencias, con tanta contundencia? Pues por artes adivinatorias, seguramente, o a “ojo de buen cubero”, pues dichas conclusiones no emanan de un ejercicio de las ciencias sociales ni de algún estudio empírico.
Pero recordemos que el Tribunal no tiene facultad para conocer y determinar sobre posibles delitos electorales. Esa responsabilidad recae en la Fiscalía Especial para ello, que depende de la PGR. Y justo ahí radica el problema. Aun suponiendo que Fox en efecto hubiera incurrido en este tipo de delitos, difícilmente una dependencia en manos del PAN (y cuyo actual titular fue alto funcionario del gobierno panista) llamará a cuentas al ex presidente. La Fiscalía Especial para Delitos Electorales es el más retrasado engrane del sistema electoral; el IFE y el TEPJF han cobrado gran autonomía y funcionalidad (pese al daño sufrido el año pasado), pero la Fiscalía hasta ahora ha sido esencialmente un adorno. Baste recordar la forma en que la ex titular de ese órgano - María de los Ángeles Fromow - evadió su responsabilidad al fallar sobre los millones de mensajes electrónicos contra López Obrador emanados de diversas dependencias del gobierno federal (entre ellas, la de Emilio Goicochea). Dijo que la ley penalizaba un apoyo público “en favor” de un candidato, pero no “en contra” de otro. Inferencia que refleja la absoluta falta de imparcialidad de la dependencia y su titular en turno. Lo cual exige que se cambie el Código Penal para que se aclare que también es delito usar fondos públicos no solo al apoyar, sino también al atacar a un candidato. Ello permitirá evitar que la actual redacción de esa disposición sirva para que el fiscal en turno se salga por la tangente, como hizo Fromow. También convendría ya sacar esa Fiscalía del ámbito del poder Ejecutivo y darle autonomía, pues al llegarle denuncias sobre posibles violaciones por parte de algún funcionario federal (incluido el presidente) se vuelve juez y parte.
Por todo ello, se ve difícil que progrese la demanda interpuesta por el PRD contra Fox por su injerencia en la elección, incluso si hubiese incurrido en delito electoral – lo que no está claro. Que se llame a cuentas a un ex presidente por una eventual conducta delictiva puede ocurrir - y ocurre - en una democracia, pero no en un régimen que se ufana de ello sin serlo.
opinar en esta materia, la ley así lo marca” (14/I/06). La ley lo que impide en realidad es que se utilicen recursos públicos para ese propósito, en cuyo caso sí se cometería un delito electoral claramente tipificado, incluso con pena de cárcel y sin derecho a fianza. Y aunque el TEPJF no tiene a su cargo indagar o penalizar delitos electorales, exploró el posible efecto las declaraciones de Fox sobre el veredicto oficial, partiendo de que eran algo “reprochable en cualquier estadía del proceso” dado que, por su calidad de Presidente, “generan mayor audiencia que las expresadas por otros individuos… colocándolas en una posición de preponderancia, con la consecuente posibilidad de mayor influencia, por lo menos, sobre algún sector de la ciudadanía”.
Tras analizar el expediente, el Tribunal concluyó que “en la medida que el carácter indirecto o metafórico de las expresiones insertas en los contextos, requiere de una asociación mayor con otros acontecimientos o expresiones, se reduce considerablemente la posibilidad de su influencia en la intención del voto del electorado”.
La rivalidad de Fox y López Obrador, que hoy confiesa aquel como la motivación para intervenir en los comicios, fue conocida y evaluada también por el Tribunal, pues “desde mucho antes del inicio del proceso electoral federal (esa rivalidad) produjo constantes roces e intercambio de críticas entre los dos personajes, y continuó durante el proceso electoral”. Pero los magistrados no concluyeron que eso influyera en los electores, pues en tales confrontaciones “existe una corresponsabilidad de ambas partes, y no de una sola”, y no están supeditadas “a los tiempos electorales, sino que constituye una actividad continua y permanente… sin que se pueda atribuir totalmente el carácter de culpable o inocente a alguna de las partes”. Y el hecho de que todos conocieran de esa confrontación, “resta, aunque sea en mínima parte, la credibilidad de lo declarado (por Fox) y la penetración de (sus) mensajes”. También determinó el Tribunal que los acuerdos de neutralidad decretados por el IFE, así como su amplia divulgación, inevitablemente bastaron para reducir el impacto de la propaganda presidencial. Bajo esa óptica, la existencia de acuerdos implicaba su cumplimiento y, por tanto, la influencia presidencial “tuvo que verse disminuida”. ¿Cómo llegaron los Magistrados a todas esas inferencias, con tanta contundencia? Pues por artes adivinatorias, seguramente, o a “ojo de buen cubero”, pues dichas conclusiones no emanan de un ejercicio de las ciencias sociales ni de algún estudio empírico.
Pero recordemos que el Tribunal no tiene facultad para conocer y determinar sobre posibles delitos electorales. Esa responsabilidad recae en la Fiscalía Especial para ello, que depende de la PGR. Y justo ahí radica el problema. Aun suponiendo que Fox en efecto hubiera incurrido en este tipo de delitos, difícilmente una dependencia en manos del PAN (y cuyo actual titular fue alto funcionario del gobierno panista) llamará a cuentas al ex presidente. La Fiscalía Especial para Delitos Electorales es el más retrasado engrane del sistema electoral; el IFE y el TEPJF han cobrado gran autonomía y funcionalidad (pese al daño sufrido el año pasado), pero la Fiscalía hasta ahora ha sido esencialmente un adorno. Baste recordar la forma en que la ex titular de ese órgano - María de los Ángeles Fromow - evadió su responsabilidad al fallar sobre los millones de mensajes electrónicos contra López Obrador emanados de diversas dependencias del gobierno federal (entre ellas, la de Emilio Goicochea). Dijo que la ley penalizaba un apoyo público “en favor” de un candidato, pero no “en contra” de otro. Inferencia que refleja la absoluta falta de imparcialidad de la dependencia y su titular en turno. Lo cual exige que se cambie el Código Penal para que se aclare que también es delito usar fondos públicos no solo al apoyar, sino también al atacar a un candidato. Ello permitirá evitar que la actual redacción de esa disposición sirva para que el fiscal en turno se salga por la tangente, como hizo Fromow. También convendría ya sacar esa Fiscalía del ámbito del poder Ejecutivo y darle autonomía, pues al llegarle denuncias sobre posibles violaciones por parte de algún funcionario federal (incluido el presidente) se vuelve juez y parte.
Por todo ello, se ve difícil que progrese la demanda interpuesta por el PRD contra Fox por su injerencia en la elección, incluso si hubiese incurrido en delito electoral – lo que no está claro. Que se llame a cuentas a un ex presidente por una eventual conducta delictiva puede ocurrir - y ocurre - en una democracia, pero no en un régimen que se ufana de ello sin serlo.
Cartón:
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